Formación en PRL del sector metal. El pasado 19 de junio se publicó en el BOE el nuevo Convenio Colectivo del Sector del Metal. Este convenio actualiza las condiciones laborales de los empleados de este sector en España.

El II convenio común del metal afecta al sector del siderometal y a varias otras empresas. Por el momento, solo incluía a empresas de actividades económicas muy específicas, pero, con el nuevo convenio, se verán incluidas también todas las empresas que ofrezcan servicios del sector metal.

Se propone una formación mínima y obligatoria en materia de PRL (prevención de riesgos laborales) para cada puesto de trabajo. El convenio actual incluye novedades de importancia en varios de los programas y contenidos de las formaciones para los trabajadores del sector metal. Creando diferencias entre la preparación necesaria para los trabajadores que entren en obra y los que no.

El actual convenio del metal exige a todos los trabajadores del sector, a los que trabajan dentro de una obra y a los que no, la ejecución de una formación relativa a Prevención de Riesgos Laborales, aplicable tanto a los trabajadores en España, como los contratados en España, pero que desarrollan su labor en el extranjero.

Formación en PRL del sector metal ¿Qué es importante en Prevención de Riesgos Laborales?

En el convenio actual se contempla que todos los empleados vinculados al sector metal recibirán la formación adecuada en Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Se incluyen desde los directivos y el personal de oficina, hasta los trabajadores que desempeñan su labor tanto dentro como fuera de la obra, como por ejemplo: fontaneros, electricistas, forjadores, etc.

De todas formas, la duración y las enseñanzas de esta formación variarán dependiendo de la actividad de los empleados.

Formación para los directivos de la empresa:

Con una duración mínima de 6h, podrá cursarse de manera presencial u online. El contenido mínimo de la programación en la formación será:

  • Integración de la prevención en la gestión de la empresa.
  • Obligaciones y responsabilidades.
  • Organización y planificación.
  • Costes de la accidentalidad y rentabilidad de la prevención.
  • Legislación y normativa básica en prevención.
  • Seguridad vial.

Formación para el personal de oficinas:

Este personal podrá formarse de forma online además de presencial y la duración de la formación será de un mínimo de 6h. En este caso, el curso constará de:

  • Definición de los trabajos.
  • Técnicas preventivas.
  • Medios auxiliares, equipos y herramientas.
  • Derechos y obligaciones:
  • Seguridad vial.
  • Además, la formación para el personal de oficina también incidirá en peligros propiciados por el uso de pantallas, malas posturas, fatiga mental y visual, riesgo de incendio, etc. Así como todas sus medidas preventivas.

Formación para personas trabajadoras de las áreas de producción y/o mantenimiento

 Formación de oficios:

La formación específica para estos trabajadores durará al menos 20h, siendo 12h de ellas comunes a todos, y 8h específicas para cada profesión. La formación de estos empleados solo se podrá realizar de forma presencial. Para la parte común se realizará esta formación:

  • Verificación, identificación y vigilancia del emplazamiento de trabajo y su entorno.
  • Interferencias entre actividades.
  • Derechos y obligaciones.
  • Seguridad vial.
  • Primeros auxilios y medidas de emergencia.

Y para la parte distintiva de cada profesión este será el esquema:

  • Definición de los trabajos.
  • Técnicas preventivas específicas.
  • Medios auxiliares, equipos y herramientas.

Formación de personas trabajadoras con funciones preventivas de nivel básico:

Contará con una duración mínima de al menos 50 horas y será presencial. Los contenidos mínimos se impartirán conforme al siguiente temario:

  • Conceptos esenciales sobre seguridad y salud en el trabajo.
  • Riesgos generales y su prevención.
  • Riesgos específicos y su prevención en el sector de la actividad de la compañía.
  • Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos.
  • Primeros auxilios.

Formación de reciclaje:

La formación de reciclaje cuenta con una duración mínima de 4h y se renovará pasados cuatro años. Esta formación siempre se impartirá de manera presencial, descontando el personal directivo y personal de oficina que pueden formarse de manera online.

Esta formación será completamente obligatoria antes del ingreso al puesto de trabajo, en caso de que el empleado hubiera estado un año o más sin ejercer la profesión a la que se incorpora.

 

¿A que empresas afecta?

El nuevo convenio del metal afecta a todas estas empresas:

 Afecta a todas las empresas bajo el II Convenio del Metal.

  • A negocios que realicen trabajos en/con empresas del metal.
  • Autónomos que trabajen para empresas del metal.
  • A ETTs que contraten para empresas del metal.
  • A las compañías del II Convenio Metal que hagan trabajos en obras y construcción.

 

¿A qué trabajadores/as afecta?

 Además, afecta a todos estos trabajadores de las empresas antes mencionadas

  • Directivos
  • Oficinas
  • Mantenimiento
  • Producción.
  • Autónomos.
  • Personal de ETTs.
  • Personal trabajador en el extranjero bajo contrato estatal.

 

¿Cómo podemos ayudarle?

En PREVINSA Formación, llevamos desde 1999 formando a profesionales. Si necesita formar a sus empleados, podemos crear programas a medida para su empresa.
No dude en pedirnos más información llamando nuestro Centro de Madrid: +34 918 719 919 o a nuestro Centro de Asturias: +34 985 269 537.